Hoy 18 de Marzo, finalizó la Etapa de Arreglo Directo de la Negociación del Pliego de Peticiones de los Trabajadores Oficiales, la cual tuvo una duración de 40 días. La ausencia de la Comisión Negociadora de la Administración del Metro de Medellín en el último día de esta etapa, nos llevó a realizar un acta de manera unilateral, debido a que el borrador de Acta de Cierre de la Negociación Colectiva de Trabajo enviado por correo electrónico por la Empresa, no recoge con fidelidad los acuerdos a los que habíamos llegado.
Como balance del Conflicto Colectivo, podemos valorar el proceso de negociación de manera positiva en varios aspectos y lo cuestionamos en otros. Resaltamos que la Organización Sindical llegó con más claridad y fuerza a todos los espacios donde hay trabajadores, en los cuales encontramos receptividad y gran acogida e incluso de aquellos que no están sindicalizados y son apáticos al derecho de asociación.
Existe un mayor compromiso y apropiación por parte de las bases en sus aspiraciones como es la eliminación de la cláusula presuntiva, vivienda, estabilidad laboral, recategorización y reclasificación, salarios, salud; aspectos que son muy sentidos por todos los que laboramos en el Metro y que fueron negados categóricamente por esta administración con argumentos maliciosos y que faltan a la verdad, tales como: no hay presupuesto, que no estaban autorizados o simplemente que no querían otorgar derechos que se encuentran en la cartilla administrativa y menos que pasaran a Convención.
Entendemos que los intereses de la administración son acumular utilidades para los dueños de la Empresa a costa del esfuerzo de los Trabajadores y a través de la negación de derechos fundamentales.
Nuestra organización Sindical se posicionó más en esta negociación y logró unos acuerdos donde se avanza en el mejoramiento de los trabajadores:
ARTÍCULO 1. RECONOCIMIENTO DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL
ARTÍCULO 2. SUSTITUCIÓN PATRONAL:
ARTÍCULO 4. PROTECCION AL CONFLICTO LABORAL
ARTÍCULO 5. GARANTIAS DEL DERECHO DE ASOCIACION
ARTÍCULO 7. ESPACIOS PARITARIOS
ARTÍCULO 8. VIGENCIA DE NORMAS ANTERIORES
ARTÍCULO 9. AUXILIO ANTEOJOS, LENTES DE CONTACTO Y/O MONTURA
ARTÍCULO 18. VIAJES BENEFICIOS
ARTÍCULO 20. HABILITACIÓN DE LOS PARQUEADEROS PARA EL USO DE LOS TRABAJADORES EN FORMA GRATUITA
ARTÍCULO 21. AUXILIO POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE UN HIJO
ARTÍCULO 23. AUXILIO POR DEFUNCIÓN DE FAMILIARES
ARTICULO 44. MEDIOS DE INFORMACIÓN
ARTÍCULO 45. GIMNASIO Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS
ARTÍCULO 48. EDICION FOLLETOS
¿Qué sigue? Debemos convocar a una Asamblea de Delegados, donde se dará un amplio informe sobre este proceso y se tomaran decisiones con respecto al futuro del conflicto. La cual se llevará a cabo el 27 de marzo de 2019.
Compañeros, no es cierto que si no aceptamos la propuesta de la empresa, el Tribunal obligatorio retomaría los puntos acordados; lo pactado, pactado está y el Tribunal abordaría sólo los puntos del Pliego de Peticiones no acordados. En los artículos del Pliego en que se levantaron actas parciales, ya están a nuestro favor. Vemos claramente la intención de esta administración de desinformar y presionar a los trabajadores con el supuesto peligro de que no se logren mejoras para todos y que sea el tribunal que resuelva.
Sintrametro continuará en la lucha por lograr nuestros objetivos y no desfalleceremos en empalmar la Negociación de los trabajadores oficiales con la próxima de empleados públicos que estamos próximos a iniciar. Agradecemos el interés y el apoyo de todos los trabajadores y los invitamos a continuar defendiendo nuestros justos Pliegos, recordando que los Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales, Todos Somos Iguales.
Comisión Negociadora Sintrametro
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