El conflicto colectivo sigue vivo

Sindicato de Trabajadores de Transporte del Valle de Aburrá

El jueves 4 de Abril, la Comisión Negociadora del Metro de Medellín informó a los representantes de Sintrametro que la Empresa había registrado la reclasificación de cargos de empleados públicos a trabajadores oficiales en la escritura pública de la Cámara de Comercio, por lo cual ya no existían funcionarios afiliados al sindicato de este carácter.

Seguidamente, los altos directivos de la Empresa propusieron elaborar un acta conjunta en la que se registrara la terminación de la negociación del Pliego de Solicitudes de Empleados Públicos y manifestaron que no aceptarían que los permisos para la Comisión Negociadora del Sindicato se extendieran por los veinte días que plantea el Decreto 160. Sintrametro cuestionó a la Administración por ocultar la información de la reclasificación de cargos durante la negociación del Pliego de Peticiones de los Trabajadores Oficiales, ya que desde el 27 de febrero conocía que la Junta Directiva Metro de Medellín había autorizado dicha reclasificación, pero sólo notificaron a los Trabajadores el 26 de marzo.

Cabe resaltar que nuestro Sindicato en la negociación del Pliego Solicitudes de Empleados Públicos cedió al lugar para que se diera inicio al proceso pero no firmó el acta de inicio, debido a que la administración dejó entrever su maliciosa pretensión de ejecutar una pantomima de negociación colectiva para luego plantear finalizarla, puesto que tenía previsto y planificado no pactar acuerdos con los Trabajadores sobre la reclasificación de cargos. Por lo cual, nuestra Organización Sindical no firmó ningún acta.

En este mismo día, la administración informó que se daba por terminada la negociación y el área de Gestión de Talento Humano comunicó a los representantes de los Trabajadores, el reintegro a sus labores a partir del día siguiente.

Hacemos un llamado a los Empleados Públicos que fueron notificados de su reclasificación a Trabajadores Oficiales a que exijan la firma del contrato de trabajo, para que quede legalizada su transformación laboral, ya que si no se ejecuta dicha formalidad, se establece una figura que se denomina contrato ficto o verbal, el cual se renueva de seis en seis meses. Figura similar al Plazo Presuntivo.

Compañeros recuerden que el hecho que se haya agotado la Etapa de Arreglo Directo del Pliego de Peticiones de los Trabajadores Oficiales, no significa que el conflicto haya terminado, por el contrario, este sigue vivo y consecuentemente más intenso con el fin de alcanzar nuestros objetivos.

Invitamos a todos los Trabajadores y sus familias a apoyar las actividades que continuaremos realizando para exigir la solución a nuestras necesidades más sentidas en salud, educación, vivienda, bienestar, ascensos y estabilidad laboral con la inoperancia de la Cláusula Presuntiva, ¡No desfalleceremos en nuestra justa lucha!


Descarga en PDF: Notipliego N° 16

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